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¿Cómo sé si estoy sujeto a esta regla de los dos años?

Si ya se encuentra en Estados Unidos con una visa J-1, deberá verificar su estatus migratorio. Si ve la inscripción "El titular no está sujeto a la sección 212(e); la regla de los dos años no aplica", significa que no está sujeto a esta regla.

¿En qué casos se aplica la regla?

Si aún no cuenta con una visa J-1, estará sujeto a esta regla si una agencia gubernamental financia su programa de intercambio, o si su país y su campo de actividad figuran en la lista relacionada con esta norma.

Si una agencia gubernamental financia su programa, estará sujeto a la regla de los dos años. Si su país no figura en la lista y su programa no está financiado por una agencia gubernamental, no estará sujeto a la regla de los dos años.

Si su país figura en la lista, verifique si su campo también aparece, ya que esto puede variar según el país. Si su campo figura en la lista, estará sujeto a esta regla. Si no es así, y su programa tampoco está financiado por el gobierno, no estará sujeto a esta regla.

La exención de la regla de los dos años

Si está sujeto a la regla de los dos años, existe la posibilidad de obtener una exención. Sin embargo, esto solo es posible si cumple con criterios muy específicos.

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